21. Hecho imponible. Podemos clasificar las transmisiones patrimoniales sujetas a esta modalidad en: a) Transmisiones patrimoniales por naturaleza. Caracteriza a todos estos actos y negocios jurídicos la nota de onerosidad siempre (hay contraprestación), diferenciándolos de los gratuitos o a título lucrativo sujetos a otro impuesto distinto, el
Sonel tipo de patrimonio en el que los bienes son reservados para cumplir con deuda que pueda tener una persona. Patrimonios de administración. Son bienes que no tienen titular, o se le desconoce y pasan a ser administrados por una institución. Patrimonio autónomo. Es aquel patrimonio que a pesar de no conocerse ningún titular sigue en ELPATRIMONIO EN DERECHO ROMANO Hugo Hanisch E. * 1. ‘CQXSIDERA~IONES GENERALES Patrimonio, en el lenguaje usual de los romanos, eran los bienes pertene- cientes al padre de familia denominado “res familia&“, o “familia pecu- niaque”. Significaba, por tanto, potestad y derecho sobre las cosas 1. . 114 308 116 359 155 220 36 119 251